sábado, 15 de abril de 2017

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN REALIZAN EL CENSO NACIONAL DE COOPERATIVAS

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en coordinación con el Ministerio de la Producción (PRODUCE), vienen realizando el Censo Nacional de Cooperativas 2016, en el marco del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional suscrito entre ambas instituciones y que culminará el 31 de mayo del presente año. Esta investigación estadística recogerá información para la elaboración del Registro Nacional de Cooperativas (RENACOOP), que servirá diseñar e implementar políticas, programas y proyectos en base a las necesidades de este importante segmento empresarial.

El Censo Nacional de Cooperativas 2016 se viene desarrollando en 24 departamentos del país y en la Provincia Constitucional del Callao. Es importante resaltar que el marco estadístico de las cooperativas proviene del Directorio Central de Empresas y Establecimientos del INEI y del Registro de PRODUCE. La relación de Cooperativas que serán incluidas en esta investigación se publicará en la página web del INEI. El periodo de referencia de la información corresponde al año 2016; asimismo, la recolección de la información será por entrevista personal mediante un dispositivo electrónico Tablet.
El objetivo del Censo Nacional de Cooperativas 2016, es obtener información actualizada sobre las características, organización, situación económica, demográfica y social de las cooperativas del país, con el propósito de contribuir en la formulación, evaluación y seguimiento de políticas, planes, programas o proyectos para su contribución, así como en el desarrollo económico regional y nacional.
Se aplicará a todas las Cooperativas que realizan actividades: Agrarias, Comerciales, Ahorro y Crédito, Colonización, Pesqueras, Artesanales, Industriales, Servicios Públicos, Consumo, Trabajo, entre otras.
La información proporcionada por las cooperativas tiene carácter de secreto estadístico y no podrá ser revelada en forma individualizada, aunque mediare orden administrativa o judicial, tal como lo establece el artículo 97° del D.S. N° 043-2001-PCM, del Reglamento de Organización y Funciones del INEI.

En ese sentido, se solicita a los conductores, gerentes o responsables de las cooperativas brindar las facilidades del caso a los funcionarios del INEI, quienes se presentarán debidamente identificados con su credencial y uniformados, para que puedan cumplir con esta actividad.

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